Texto oficial
Artículo 12.- Concédese un plazo de un año, contado
desde la fecha de publicación de la presente ley, para que
los trabajadores a que ella se refiere puedan solicitar el
reintegro de las imposiciones que hayan retirado de las
Cajas de Previsión, en conformidad a la ley N° 10.986, y
sus modificaciones posteriores.