Saltar al contenido

Artículo 19 de la Ley 17.393 · Regimen previsional para suplementeros

Regimen previsional para suplementeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28976 / 9079636.

Texto oficial

Artículo 19.- Suprímese el inciso segundo del artículo 88 de la ley N° 17.271, de 2 de Enero de 1970.