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Artículo 111 de la Ley 17.399 · Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28982 / 8912538.

Texto oficial

ARTICULO 111.- Declárase prorrogados automáticamente por todo el año 1971, los contratos del personal de los Servicios de la Administración del Estado que hubieren estado vigentes durante el segundo semestre de 1970.