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Artículo 146 de la Ley 17.399 · Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28982 / 8912573.

Texto oficial

ARTICULO 146.- Se entenderá que tienen la calidad de titulados para todos los efectos legales los Licenciados en el año 1970, de las Escuelas Normales del país, por el solo hecho de haber obtenido la respectiva Licencia Normalista, aunque el decreto que les reconoce este derecho no esté cursado.