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Artículo 4 de la Ley 17.401

Modifica sistema de reajuste a cada cuota de los saldos de precio adeudada por los beneficiarios de las parcelas asignadas o adquiridas en conformidad al dfl. n° 76, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28984 / 5981550.

Texto oficial

Artículo 4°- La presente ley no se aplicará a los adquirentes de parcelas que actualmente no estén sujetos a reajustes o que tengan un sistema de reajuste más beneficioso que el establecido por la ley N° 16.640.