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Artículo 13 de la Ley 17.412

Dispone el otorgamiento de titulos definitivos de dominio a los ocupantes de las poblaciones que menciona; declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion de los inmuebles que señala; concede nuevo plazo para acogerse a los beneficios del articulo 4° de la ley 16.742 y modifica dicha ley

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28995 · idParte: 8923630

Texto oficial

ARTICULO 13° DEROGADO