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Artículo 108 de la Ley 17.416 · Fija sueldos y salarios que indica. modifica las leyes que señala. otras materias

Fija sueldos y salarios que indica. modifica las leyes que señala. otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28997 / 9046345.

Texto oficial

ARTICULO 108° Concédese mensualmente, desde el 1° de enero de 1971, una asignación de E° 100 a los Valijeros, Agentes Postales Subvencionados y obreros a jornal del Servicio de Correos y Telégrafos.