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Artículo 3 de la Ley 17.437

Modifica cuantias establecidas en el código penal para los efectos de la penalidad de determinados delitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29014 / 7179135.

Texto oficial

Artículo 3°.- Suprímense en el inciso primero del artículo 12 de la Ley N° 17.155, de 11 de junio de 1969, las palabras "cuantías y las" y "unas u otras", como asimismo las comas (,) que preceden y siguen a estas últimas. Suprímense en el inciso segundo del mismo artículo las palabras "cuantías y".