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Artículo 12 de la Ley 17.446 · Aumenta, en forma gradual y transitoria, el escalafon de oficiales de mar

Aumenta, en forma gradual y transitoria, el escalafon de oficiales de mar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29023 / 8831185.

Texto oficial

Artículo 12.- Otórgase un nuevo plazo hasta el 31 de Octubre de 1971, para que las montepiadas de los ex Combatientes de la Campaña del Pacífico y cuyas pensiones son pagadas por la Tesorería General de la República, puedan acogerse al artículo 48 transitorio del D.F.L. N.° 1, de 1968.