Texto oficial
ARTICULO 23° La Comisión se extinguirá, a más
tardar, dentro del plazo de 90 días de terminada la
reunión en Chile de la Tercera Conferencia Mundial de las
Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo. El Fisco será
su sucesor legal para todos los efectos a que haya lugar.
A esa fecha el saldo de sus recursos ingresará a una
Cuenta Especial de Depósito en el Servicio de Tesorería,
sobre el cual podrá girar el Ministerio de Relaciones
Exteriores para pagar obligaciones pendientes de dicha
Comisión. Una vez pagadas dichas obligaciones, el saldo de
la Cuenta de Depósito aludida pasará automáticamente a
rentas generales de la Nación.