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Artículo 6 de la Ley 17.561 · Autoriza a la municipalidad de hualqui para contratar prestamos que indica

Autoriza a la municipalidad de hualqui para contratar prestamos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29108 / 8284374.

Texto oficial

Artículo 6.°- En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, la Municipalidad de Hualqui podrá girar con cargo al tributo establecido en el artículo 4.° de la presente ley para su inversión directa en las obra señaladas en el artículo 3.° y hasta la total ejecución de las mismas. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrataren por un monto inferior al autorizado.