Texto oficial
Artículo 5.- Facúltase a la Tesorería Provincial de Magallanes, para percibir y entregar directamente a la Corporación de Magallanes, a mes vencido, los tributos legales que le correspondan.
Asigna el 10% de los ingresos generales del presupuesto de la corporacion de magallanes a los municipios que señala y en la proporcion que determina
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