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Artículo 12 de la Ley 17.671 · Introduce modificaciones al DFL n° 278, de 1960

Introduce modificaciones al DFL n° 278, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29203 / 8845447.

Texto oficial

ARTICULO 12° El Servicio de Seguro Social podrá otorgar a sus imponentes un préstamo para el integro de imposiciones retroactivas efectuadas en conformidad a las normas de los incisos 2° y siguientes del artículo 5° del decreto supremo 615, reglamentario de la ley 10.383. Este préstamo se sujetará a las disposiciones de la ley 10.986.