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Artículo 8 de la Ley 17.676

Observaciones formuladas al proyecto de ley que establece normas para la constitución de los consejos y directorios de las diversas cajas de prevision

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29206 / 8845463.

Texto oficial

Artículo 8.- El Consejo del Departamento de Indemnizaciones a Obreros Molineros y Panificadores estará formado por: a) Cuatro representantes de los obreros beneficiarios, elegidos por los directores de los sindicatos que agrupen exclusivamente a obreros imponentes del Departamento, y b) Un representante del personal de la Institución, elegido por éste.