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Artículo 9 de la Ley 17.676

Observaciones formuladas al proyecto de ley que establece normas para la constitución de los consejos y directorios de las diversas cajas de prevision

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29206 / 8845464.

Texto oficial

Artículo 9.- El Consejo de la Caja de Ahorros y Retiros de los Empleados del Club Hípico de Concepción, estará formado por: a) Tres representantes de los imponentes; b) Un representante de los pensionados de la Sociedad, y c) Un representante del personal de la Institución, designado por éste. El Consejo de la Caja de Ahorros y Retiros de Preparadores y Jinetes del Club Hípico de Concepción estará formado por: a) Un representante de los preparadores; b) Un representante de los jinetes; c) Un representante de los cuidadores de caballos o empleados de corral; d) Un representante de los pensionados, y e) Un representante del personal de la Institución, designado por éste.