Texto oficial
Artículo 10.- Todas las elecciones que corresponda efectuar en conformidad a lo dispuesto en los artículos precedentes se harán en forma directa y secreta, de acuerdo con las normas que determine el Reglamento.
Observaciones formuladas al proyecto de ley que establece normas para la constitución de los consejos y directorios de las diversas cajas de prevision
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29206 / 8845465.