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Artículo 4 de la Ley 17.865 · Crea escalafon de tecnicos de telecomunicaciones en el servicio de correos y telegrafos

Crea escalafon de tecnicos de telecomunicaciones en el servicio de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29323 · idParte: 8284530

Texto oficial

Artículo 4.- Para los efectos de la aplicación del artículo anterior, y de acuerdo a las necesidades del Servicio, anualmente, se considerará el aumento de los cargos correspondientes en el último grado previo informe de la Dirección Nacional de Correos y Telégrafos.