Texto oficial
Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. N° 338, de 1960:
1) En su artículo 265, número 3), agregar, luego del nombre "Universidad de Chile", lo siguiente, precedido de una coma (,): "por la Universidad Técnica del Estado", y
2) En su artículo 266, número 2, letra b), número 1), agregar, a continuación del nombre "Universidad de Chile", lo siguiente: "Universidad Técnica del Estado".