Texto oficial
Artículo 6°.- El personal de la Dirección General de Aeronáutica Civil tendrá derecho a que se le exima del descuento por concepto de ocupación de casa fiscal en los casos en que, por la naturaleza o finalidad del servicio que atienda, deba morar en el mismo lugar en que dicho servicio funcione y exista en él una casa habitación destinada a este objeto.