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Artículo 6 de la Ley 17.931

Introduce a la ley n° 16.752, modificada por la ley n° 17.351, las modificaciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29376 / 8831326.

Texto oficial

Artículo 6°.- El personal de la Dirección General de Aeronáutica Civil tendrá derecho a que se le exima del descuento por concepto de ocupación de casa fiscal en los casos en que, por la naturaleza o finalidad del servicio que atienda, deba morar en el mismo lugar en que dicho servicio funcione y exista en él una casa habitación destinada a este objeto.