Texto oficial
Artículo 2.- Las importaciones que se realicen para el desarrollo de la Conferencia se financiarán con cargo al Presupuesto Corriente del Senado para 1973, item 017, N° 2, "Otros Servicios no Personales".
Aclárase que la Comisión Ejecutiva citada en el ítem 017 mencionado en el inciso anterior es la Comisión Organizadora de la 61a. Conferencia Interparlamentaria.