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Artículo 5 de la Ley 17.976

Crea comite ejecutivo de los primeros juegos nacionales que se efectuaran en concepcion y con las facultades que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29411 / 8284667.

Texto oficial

Artículo 5.- Autorízase la realización de un sorteo extraordinario de la Lotería de Concepción y otro de la Polla Chilena de Beneficencia en el transcurso del año 1973, cuyo rendimiento estará destinado a financiar los Primeros Juegos Deportivos Nacionales a efectuarse en la provincia de Concepción. Los sorteos aludidos en este artículo quedarán exentos de todo tipo de impuestos. Sin perjuicio de lo anterior, del rendimiento del sorteo correspondiente a la Polla Chilena de Beneficencia, se destinará la suma de tres millones de escudos al Consejo Local de Deportes de Castro para que la transfiera a la Asociación de Futbol de Castro para la organización del XXXV Campeonato Nacional de Fútbol Amateur, a efectuarse en dicha ciudad a comienzos de 1974, y otros tres millones de escudos al Consejo Local de Deportes de Ancud para que los transfiera a la Asociación de Básquetbol de Ancud, para la organización del Campeonato Nacional de Básquetbol Juvenil, a efectuarse en dicha ciudad en Octubre de 1973. De la inversión de estos fondos, ambas Asociaciones darán cuenta a la Dirección General de Deportes y Recreación. Los fondos a que se refiere este inciso serán remitidos por la Gerencia de la Polla Chilena de Beneficencia a las Asociaciones Deportivas nombradas.