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Artículo 6 de la Ley 17.976

Crea comite ejecutivo de los primeros juegos nacionales que se efectuaran en concepcion y con las facultades que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29411 / 8284668.

Texto oficial

Artículo 6.- La Comisión Organizadora de los VII Juegos Panamericanos transferirá al Comité Ejecutivo de los Primeros Juegos Deportivos Nacionales, con cargo a los recursos que destine a obras complementarias y preparatorias de dichos Juegos, a ejecutarse en provincias, la suma de cien millones de escudos.