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Artículo 11 de la Ley 17.976

Crea comite ejecutivo de los primeros juegos nacionales que se efectuaran en concepcion y con las facultades que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29411 / 8284673.

Texto oficial

Artículo 11.- El Comité Ejecutivo estará exento de todo tributo, gravamen, tasa, derecho fiscal, municipal o de cualquiera otra índole que afecte la construcción de Obras, implementación, difusión y realización de los Juegos Nacionales. Asimismo, gozarán de esta exención los actos o contratos en que éste sea parte.