Saltar al contenido

Artículo 38 de la Ley 17.983

Establece organo de trabajo de la junta de gobierno y fija normas sobre procedimiento legislativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29414 / 9046661.

Texto oficial

TITULO III (ARTS. 38-47) Disposiciones Generales ARTICULO 38° El Secretario de Legislación tomará las medidas necesarias para que los antecedentes de que disponga, relativos a la historia fidedigna del establecimiento de la ley, se archiven en forma que permita su consulta. Estos archivos serán públicos, excepto en lo referente a proyectos de carácter secreto o reservado.