Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 18.066

Autoriza a la empresa nacional del carbon s.a. para enajenar bienes raices en las condiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29493 / 8284993.

Texto oficial

Artículo 6°.- Los contratos mediante los cuales ENACAR transfiera bienes raíces a iglesias o congregaciones religiosas, corporaciones, fundaciones y sindicatos y aquellos que celebre con los servicios de utilidad pública, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 2°, estarán exentos del 50% de los derechos, como asimismo del trámite de la insinuación cuando se realicen a título gratuito.