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Artículo 4 de la Ley 18.080 · Establece normas sobre seguros de depositos y captaciones

Establece normas sobre seguros de depositos y captaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29507 / 9046743.

Texto oficial

ARTICULO 4° Serán recursos del Fondo las sumas que provengan de las primas a que se refiere el artículo siguiente; los aportes que contemplare la ley de presupuestos de la Nación y los demás recursos que deriven de su administración.