Texto oficial
Artículo 19.- Los funcionarios a que se refiere el
artículo 12 del decreto ley N° 2.079, de 1977, tendrán la
calidad de Jefes Superiores de Servicio para los efectos
previsionales.
Establece normas complementarias de incidencia presupuestaria, de personal y de administración financiera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29516 / 8748039.