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Artículo 33 de la Ley 18.091

Establece normas complementarias de incidencia presupuestaria, de personal y de administración financiera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29516 / 8748053.

Texto oficial

Artículo 33.- Agrégase como inciso final del artículo 3° del decreto ley N° 1.608, de 1976, el siguiente: "De la misma manera, serán de la exclusiva confianza del Presidente de la República y se mantendrán en sus empleos mientras cuenten con ella, los funcionarios afectos a la ley N° 15.076, que ocupen cargos de Jefaturas Superiores y Directivos Superiores en los Servicios y Entidades a que alude el artículo 15 del decreto ley N° 2.763, de 1979, y sus establecimientos o dependencias.".