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Artículo 10 de la Ley 18.112 · Dicta normas sobre prenda sin desplazamiento

Dicta normas sobre prenda sin desplazamiento

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29536 · idParte: 7180865

Texto oficial

Artículo 10.- El derecho de prenda no será oponible contra el tercero que adquiera la cosa empeñada en una fábrica, feria, bolsas de productos agropecuarios, casa de martillo, tienda, almacén u otros establecimientos análogos en que se vendan cosas muebles de la misma clase.