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Artículo 17 de la Ley 18.112 · Dicta normas sobre prenda sin desplazamiento

Dicta normas sobre prenda sin desplazamiento

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29536 / 7180872.

Texto oficial

Artículo 17.- El arrendador podrá ejercer su derecho legal de retención sobre especies dadas en prenda sin desplazamiento, sólo cuando el contrato de arrendamiento conste en escritura pública otorgada con anterioridad a la constitución de la prenda.