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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.168 · Ley general de telecomunicaciones

Ley general de telecomunicaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29591 / 8782221.

Texto oficial

Artículo 1°.- Los actuales reglamentos sobre telecomunicaciones mantendrán su vigencia en cuanto no sean incompatibles con la presente ley, hasta que se dicten los reglamentos de ésta.