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Artículo 11 de la Ley 18.224 · Modifica ley de presupuestos de inversion y reajusta remuneraciones

Modifica ley de presupuestos de inversion y reajusta remuneraciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29644 / 8956083.

Texto oficial

Artículo 11.- Agrégase en la letra b) del artículo 4° de la ley N° 18.211, el siguiente inciso: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso precedente, el Ministerio de Educación Pública podrá efectuar aportes extraordinarios con cargo al ítem 09-01-01-25-33.005, hasta por la cantidad de $ 120.000 miles para completar el pago de las bonificaciones, en términos similares a las que corresponden a los funcionarios docentes y no docentes dependientes de dicho Ministerio.".