Texto oficial
Artículo 200.- Para la prospección o la exploración
de la concesión de exploración o de la pertenencia, o la
explotación de esta última y el beneficio de sus
minerales, podrá también pactarse sociedades que se rijan
por las disposiciones contenidas en la sección 1a. de este
párrafo, caso en el cual se observarán, además, las
reglas de los artículos siguientes.