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Artículo 5 de la Ley 18.259 · Traspasa casino de puerto varas a la municipalidad de puerto varas

Traspasa casino de puerto varas a la municipalidad de puerto varas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29679 · idParte: 8285181

Texto oficial

Artículo 5°.- El mayor gasto que esta ley represente para la Municipalidad de Puerto Varas, será financiado con los mayores ingresos que deriven de la aplicación de esta ley.