Texto oficial
Artículo 1° transitorio.- La actual concesión del Casino de Puerto Varas se mantendrá por el período contemplado en el contrato respectivo, a menos que éste deba terminar anticipadamente por causas legales o convencionales.
Para estos efectos, se entenderá que la Municipalidad de Puerto Varas es la continuadora legal del Servicio Nacional de Turismo quedando, en consecuencia, traspasados a esa Municipalidad todos los derechos, obligaciones y garantías.