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Artículo 7 de la Ley 18.267

Reajusta las remuneraciones de los trabajadores del sector publico y establece normas complementarias de administración financiera, tributarias, de personal y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29687 / 8746940.

Texto oficial

ARTICULO 7° Declárase, interpretando el alcance del artículo 4° del decreto ley 670, de 1974, que éste ha importado la suspensión indefinida de lo dispuesto en el artículo 9° del decreto ley 249, de 1974, la que por lo tanto, no se ha visto afectada por la supresión del sistema de reajustes automáticos de remuneraciones previsto en aquel cuerpo legal.