Texto oficial
ARTICULO 20° increméntase, en $ 50.000 miles, la
cantidad establecida en el artículo 4° de la ley 18.244.
Reajusta las remuneraciones de los trabajadores del sector publico y establece normas complementarias de administración financiera, tributarias, de personal y de incidencia presupuestaria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29687 / 8746953.