Texto oficial
Artículo 2°.- Las modificaciones dispuestas en esta ley regirán para las inversiones y reinversiones que se inicien a partir de la fecha de su vigencia.
Introduce modificaciones a la legislacion sobre el fondo de fomento y desarrollo de las regiones extremas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29735 / 8784903.