Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 18.340 · Fija nuevo texto del arancel consular de chile

Fija nuevo texto del arancel consular de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29756 / 8676026.

Texto oficial

ARTICULO 6° N° 1 Por el otorgamiento de toda escritura pública de la cual no se haga mención especial en la presente ley____ 50 N° 2 Por el otorgamiento de un poder general________________________________ 50 N° 3 Por el otorgamiento de un poder especial_______________________________ 25 N° 4 Por el otorgamiento de un testamento abierto_____________________ 50 N° 5 Por el otorgamiento de un testamento cerrado_____________________ 100 N° 6 Además de los derechos por los otorgamientos señalados en los números anteriores se cobrará por cada página de escritura______________ 5 N° 7 Expedición de certificados que hayan de tener efecto en Chile________ 5 N° 8 Por autentificar la firma o firmas puestas en un instrumento privado, si tales documentos son reconocidos ante las leyes locales________________ 7 N° 9 Cartas Poderes________________________ 5 N° 10 Declaraciones Juradas_________________ 5 N° 11 Autorizaciones a menores para viajar________________________________ 7 N° 12 Por el otorgamiento o autorización de cualquier acto notarial que no tenga legalmente el carácter de escritura pública o de actos o documentos no especificados en el presente Arancel______________________ 5