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Artículo 3 transitorio de la Ley 18.348 · Crea la corporación nacional forestal y de protección de recursos naturales renovables

Crea la corporación nacional forestal y de protección de recursos naturales renovables

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29764 / 8638191.

Texto oficial

ARTICULO 3° Facúltase al Director Ejecutivo del Servicio Agrícola y Ganadero para disponer el traspaso a título gratuito de bienes muebles e inmuebles del Servicio a la Corporación Nacional Forestal y de Protección de Recursos Naturales Renovables, que sean necesarios para el ejercicio de las funciones que se le transfieren por la letra j) del artículo 4° de esta ley.