Condona multas, intereses y reajustes de deudas con el servicio nacional de obras sanitarias, la empresa metropolitana de obras sanitarias, la empresa de obras sanitarias de la v region y los servicios municipales de agua potable y alcantarillado y dispone la celebracion de convenios que señala
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29769 / 5987616.
Texto oficial
Artículo 3°.- El no pago oportuno de alguna de las cuotas que se acordaren facultará al acreedor para exigir la totalidad del saldo insoluto y la aplicación, a contar desde esa fecha, de las normas de cobranza que correspondan a las deudas morosas.