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Artículo 10 de la Ley 18.362 · Crea un sistema nacional de areas silvestres protegidas del estado

Crea un sistema nacional de areas silvestres protegidas del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29777 / 7183079.

Texto oficial

Artículo 10.- Las áreas silvestres que se creen sólo perderán su calidad de tal en virtud de un decreto supremo dictado conforme a lo dispuesto en el artículo 8°.