Texto oficial
ARTICULO 1° TRANSITORIO Las empresas establecidas o que
se establezcan en la zona territorial indicada en el
artículo 1° de la presente ley que sean sociedades
anónimas o en comandita por acciones estarán exentas de la
tasa adicional dispuesta en el texto del artículo 21°
anterior a la modificación introducida por el N° 10 del
artículo 1° de la ley 18.293 a la Ley sobre Impuesto a la
Renta, mientras tal norma rija de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 3° transitorio de la ley 18.293.