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Artículo 4 de la Ley 18.400

Autoriza a la corporacion de fomento de la produccion y a la empresa linea aerea nacional - chile para formar la sociedad anonima linea aerea nacional-chile s.a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29812 / 8285654.

Texto oficial

ARTICULO 4° Pónese término a la existencia legal de la empresa Línea Aérea Nacional-Chile a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que se refiere el inciso primero del artículo 5° de la presente ley, no obstante lo cual ella se entenderá subsistente como persona jurídica para el solo efecto de su liquidación.