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Artículo 4 de la Ley 18.423

Regula situacion previsional de los trabajadores afiliados a una administradora de fondos de pensiones que cumplen obligaciones militares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29831 / 5988055.

Texto oficial

Artículo 4°.- La Ley de Presupuestos consultará anualmente en las partidas correspondientes a las Subsecretarías de Guerra, Marina y Aviación, los recursos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en esta ley.