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Artículo 6 QUATER de la Ley 18.450 · Aprueba normas para el fomento de la inversion privada en obras de riego y drenaje

Aprueba normas para el fomento de la inversion privada en obras de riego y drenaje

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29855 / 10459496.

Texto oficial

Artículo 6 quáter.- La Comisión podrá implementar concursos especiales para proyectos de eficiencia hídrica que consideren obras o procedimientos necesarios para dejar de extraer desde el punto de captación, o en su defecto, restituir a la respectiva fuente, un mínimo de un 25% de la ganancia en caudal y/o agua que se produzca por eficiencia. La bonificación máxima de estos concursos es del 95%, independiente del tipo de postulante definido en el artículo 1.