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Artículo 3 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Calificador de Elecciones

Establece la ley orgánica constitucional del tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29864 · idParte: 8487575

Texto oficial

ARTICULO 3° Si durante el cuadrienio en que los miembros del Tribunal Calificador de Elecciones estuvieren llamados a desempeñar sus funciones, alguno dejare de pertenecer a él por cualquier causa, la Corte Suprema elegirá o designará al reemplazante. De igual forma procederá en caso de que uno o más de sus miembros estuviere inhabilitado o se imposibilitare. En el caso de reemplazo de miembros del Tribunal por haber dejado de pertenecer a él, los reemplazantes durarán en sus funciones por el resto del cuadrienio. En los de imposibilidad o de inhabilidad, actuarán mientras ésta dure, en el primer evento, y sólo para el caso en que se originó, en el segundo.