Texto oficial
Artículo 19.- El impuesto establecido en el artículo
43 bis del decreto ley N° 825, de 1974, se reducirá a
contar del 1° de enero de 1990 en un 10% anual.
Establece nuevo regimen legal para la industria automotriz
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29886 / 8571525.