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Artículo 2 transitorio de la Ley 18.531

Modifica el decreto con fuerza de ley n° 1, de 1968, de la subsecretaria de guerra, sobre estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29928 · idParte: 9001253

Texto oficial

Artículo 2°.- La modificación establecida en la letra f) del artículo 1° de esta ley al inciso primero del artículo 51 del decreto con fuerza de ley (G) N° 1, de 1968, regirá respecto del personal del Cuadro Permanente y de Gente de Mar de los escalafones regulares, nombrado antes de la fecha de vigencia de esta ley, sólo a contar del 1° de agosto de 1986.