Texto oficial
Artículo 4°.- Suprímese en el número 1° del artículo 35 del decreto con fuerza de ley N° 42, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la frase "y las del régimen de asignación por muerte", agregando un punto y coma (;) a continuación de las expresiones "subsidios de cesantía".